El Día de Muertos es una festividad especial que se realiza en diferentes lugares del país, tiene como objetivo honrar a los difuntos. Esta celebración inició en la época prehispánica, ya que en algunas comunidades originarias ponían altares para recordar a las personas que fallecieron, más tarde esta tradición se fusionó con el catolicismo traído por los españoles.
La conmemoración se lleva a cabo el 1 y 2 de noviembre de cada año, aunque en ciertas regiones las actividades duran más tiempo, sin embargo, estos son los días oficiales. Es así, que mucha gente pone en sus casas las tradicionales ofrendas con los elementos típicos. Además, también las colocan en las escuelas y espacios públicos.
Debido a su gran importancia para los mexicanos, hay quienes piensan que esta fecha puede ser considerada como descanso obligatorio según la Ley Federal del Trabajo (LFT), es decir, que los empleados no tendrían que prestar sus servicios ese día, a continuación, te diremos si es cierto o no.
¿Es feriado el 1 y 2 de noviembre?
De acuerdo con la LFT, en su artículo 74 no marca como día de descanso obligatorio el 1 y 2 de noviembre, esto quiere decir que los empleados tendrán que presentarse en su centro de trabajo de manera normal, sin alguna modificación en su salario.
Existen empresas que ponen esta fecha como inhábil, no obstante, eso depende de cada patrón, ya que no están obligados. Por otro lado, los estudiantes de nivel básico sí tendrán un periodo de asueto en conmemoración al Día de Muertos.
El calendario de la Secretaría de Educación Pública (SEP), indicó que los alumnos de preescolar, primaria y secundaria no tendrán clases el miércoles 2 de noviembre, por lo que podrán aprovechar ese día para descansar o realizar actividades alusivas.
Los empleados tendrán un puente en noviembre
A pesar de que los trabajadores no descansarán por motivo de las fiestas a los fieles difuntos, durante este mes sí está marcado un periodo de asueto que se junta con un fin de semana por lo que se formará un puente.
Según la LFT, en conmemoración a la Revolución Mexicana para este 2022, los empleados deben descansar de manera obligatoria el lunes 21 de noviembre, esto aplica para todas las empresas, sin importar el reglamento interno o cualquier otra disposición.
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Si el patrón no quiere otorgar este día, tendrán que pagarlo conforme a la ley, en otras palabras, la paga por laborar en día inhábil es del 100% del salario normal más el 200%, es decir, que se paga al triple, por ejemplo, si alguien gana 100 pesos por jornada, al trabajar en feriado tendrán que darle 300 pesos.
En caso de que un empleador se niegue a cualquiera de estas dos disposiciones, se puede poner una queja ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, en donde procederán en contra del patrón, ya que está quebrantando la ley.
Nota originalmente publicada en: El Sol de Puebla