La muerte de un ser querido puede ser un evento inesperado que conlleva una serie de gastos, además de dejar pendientes trámites y otros asuntos por resolver. Pero si nuestro familiar fallecido era un trabajador que contaba con prestaciones de ley, es importante saber que por derecho podemos ser acreedores de sus bienes y fondos de ahorro, como el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).
Dinstintos órganos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), junto con las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES) y el Infonavit, llegaron a un acuerdo para agilizar el trámite de designación de beneficiarios por parte de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
El proceso para retirar los fondos de Infonavit solía ser complejo porque requería emitir una demanda laboral ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Esta demanda se conocía como Designación de Beneficiarios y era la única forma de acceder a la subcuenta Infonavit en caso de fallecimiento.
Incluso, había ocasiones en que el proceso del juicio podía tomar más de cuatro años. Afortunadamente, hoy los trámites se han simplificado y es posible recuperar los fondos de nuestro familiar fallecido de una forma más sencilla. ¿Por qué?, pues porque los recursos del trabajador fallecido podrán entregarse por Conciliación y ya no será necesario llevar a cabo la demanda laboral en todos los casos.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) cuenta con una base de datos que se actualiza de manera constante, para que las instancias correspondientes puedan contar con toda la información que les permita un seguimiento más ágil de los trámites de solicitud de fondos del Infonavit en caso de fallecimiento.
Más ventajas para los beneficiarios
Por primera vez, el Infonavit tendrá la autoridad para resolver juicios y entregar los recursos a los beneficiarios de una forma directa. Esto significa que un mayor número de casos podrán ser resueltos en menos tiempo, salvaguardando la economía de los beneficiarios, quienes podrían recibir la devolución de dichos recursos en un corto plazo.
Esta nueva medida respalda la justicia laboral que debemos tener como ciudadanos mexicanos. Es importante destacar que si el ahorro de la persona fallecida se generó durante el periodo comprendido entre 1972 y 1992 y no lo retiró, sus beneficiarios podrán solicitar estos fondos en un plazo de hasta 5 años después de la fecha del deceso. Otra de las ventajas es que el o los beneficiarios pueden solicitar la cancelación de la hipoteca para acceder a los fondos del crédito de la persona fallecida.
Son considerados beneficiarios los siguientes familiares del fallecido: padres o ascendientes, esposa(o) o concubina(o) e hijos. Los ascendientes e hijos pueden o no haber dependido económicamente del fallecido al momento del deceso. Si el trabajador ha dejado un testamento para designar a el o los beneficiarios, el proceso para acceder a los fondos se simplifica aún más.
Por eso es importante que, como trabajadores, tomemos las debidas precauciones y realicemos un testamento cuanto antes, ya que la muerte muchas veces puede ser un suceso inesperado, como ocurre en casos de accidente o enfermedad grave. Por eso es importante dejar a familiares y dependientes económicos más protegidos.
Aunque aún seamos jóvenes y contemos con un buen estado de salud, es importante tener un testamento por el bien de nuestros seres queridos.
Documentación necesaria
En caso de que exista una resolución por parte de la Comisión de Inconformidades para ordenar el pago, se deberá presentar dicha resolución, así como una identificación oficial del beneficiario. Esos son los únicos dos documentos para proceder al retiro de los fondos.
Documentos obligatorios
En caso de que no exista una resolución de la Comisión de Inconformidades, se deberá presentar la siguiente documentación para cualquier trámite:
Solicitud para la devolución de recursos
Acta de defunción
Identificación oficial del beneficiario
Otros documentos que quizá nos soliciten
Es muy importante que antes de acudir al Centro de Servicio Infonavit, llamemos a Infonatel, el centro de atención telefónica del Infonavit, para consultar el monto de nuestro saldo y verificar si necesitamos alguno de los documentos que se citan a continuación, según el tipo de beneficiario que nos corresponda:
Beneficiarios designados
Carta de designación de beneficiarios
Viudez
Acta de matrimonio
Acta de nacimiento del beneficiario
Resolución de pensión por viudez
Hijos que dependían económicamente del trabajador hasta el momento de su deceso
Carta de designación de beneficiarios
Acta de nacimiento del beneficiario
Comprobante de aseguramiento de los padres ante IMSS, ISSSTE o un plan privado
Resolución de pensión por orfandad
Concubinato
Carta de reconocimiento de la relación de concubinato durante los cinco años anteriores al deceso del trabajador titular, la cual deberá estar firmada por dos testigos
Identificación oficial de los dos testigos
Resolución de pensión por viudez
Ascendientes que dependían económicamente del trabajador al momento de su deceso
Acta de nacimiento del trabajador
Resolución de pensión de ascendientes
Hijos que no dependían económicamente del trabajador
Acta de nacimiento del beneficiario
Comprobante de aseguramiento de los padres ante IMSS, ISSSTE o un plan privado
Ascendientes que no dependían económicamente del trabajador
Acta de nacimiento del trabajador
Aún tengo dudas: ¿Dónde puedo recurrir? En caso de fallecimiento de un familiar trabajador, podemos llamar a Infonatel al 91 71 50 50 desde la Ciudad de México, o al 01 800 008 3900 del interior de la República. También podemos acudir directamente a los Centros de Servicio Infonavit (Cesi) para pedir informes y empezar a realizar el trámite.
Si queremos consultar más detalladamente nuestros derechos como beneficiarias o beneficiarios en caso de fallecimiento, podemos hacerlo en el portal de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo(PROFEDET) o llamando a sus teléfonos de atención al público: 01800 911 7877 y 01800 717 2942 para toda la República. Es importante recalcar que todos los trámites del Infonavit son gratuitos y debemos denunciar a cualquier persona que nos solicite dinero, ya sea en los Centros de Servicio Infonavit, en Infonatel o a través del portal de internet de Infonavit.
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