¿No has habilitado tu Buzón Tributario? El SAT podría multarte hasta con 10 mil pesos

Evita una sanción económica y habilita tu Buzón Tributario

Roxana Ogaz | El Heraldo de Chihuahua

  · jueves 28 de diciembre de 2023

El Buzón Tributario es el medio de comunicación entre el SAT y los contribuyentes / Foto: Captura de Pantalla | Sitio Web Buzón Tributario

El Buzón Tributario es el espacio donde puedes consultar y gestionar tus datos fiscales, como tus declaraciones, tus comprobantes fiscales digitales, tus expedientes o realizar algunos trámites y acceder a más información. Debes saber que no habilitarlo conlleva a recibir una multa.

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El SAT sancionará a los contribuyentes que no tengan activo su Buzón Tributario o que no hayan registrado o actualizado sus datos de contacto, esto, a partir del 1 de enero del 2024. La sanción económica se basará en lo que dispone el artículo transitorio Sexto de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2023.

Según los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación (CFF), la sanción económica para los que incumplan con esta acción, será de entre 3 mil 420 a 10 mil 260 pesos:

"Artículo 86-D. A quien cometa la infracción relacionada con la no habilitación del buzón tributario, el no registro o actualización de los medios de contacto conforme a lo previsto en el artículo 86-C, se impondrá una multa de $3,420.00 a $10,260.00".

Es importante recordar que el artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que el buzón tributario es el canal de comunicación electrónico oficial entre el SAT y el contribuyente, al que se puede ingresar desde el sitio web del SAT: https://www.sat.gob.mx/home.

¿Qué es el Buzón Tributario?

El Buzón Tributario es el medio por el que se comunican El SAT y los contribuyentes. Este facilita el envío y la recepción de notificaciones y mensajes relevantes de forma rápida y segura. Además, el Buzón permite a los contribuyentes enviar promociones, avisos o responder a solicitudes de información que haga el SAT. Desde 2020 es necesario activarlo.

Los beneficios de activar el Buzón Tributario son:

  • Portal privado y personalizado
  • Economizar tiempo y recursos
  • Certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT, así como en las operaciones que se realicen
  • Notificaciones vía electrónica en cualquier momento y lugar, siempre que tengas conexión a internet
  • Conoce de manera oportuna cualquier requerimiento de información o resolución derivado de trámites realizados
  • Recibe información sobre beneficios y facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal
  • Proporciona información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales
  • En algunos trámites el diseño es adaptable a dispositivos móviles, se pueden administrar contenidos favoritos y se tiene acceso a “Mis expedientes”, entre otras funcionalidades

Todos los contribuyentes que cuentan con RFC tienen que habilitarlo, a excepción de las personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados.

Por otra parte, algunos tienen la opción de habilitarlo o no: personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidas; y personas morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos,

El SAT puso a disposición los trámites y servicios que se pueden presentar a través del Buzón Tributario, conforme a la Resolución Miscelánea Fiscal vigente:

  • Contabilidad electrónica
  • Fiscalización electrónica
  • Devoluciones y Compensaciones
  • Recurso de revocación en línea
  • Consultas y autorizaciones
  • Donatarias autorizadas

Da clic aquí para conocer la lista completa de trámites y servicios que puedes presentar a través del Buzón Tributario.

Así lo puedes habilitar

  1. Ingresa al sitio web http://omawww.sat.gob.mx/BuzonTributario/Paginas/index.html
  2. Selecciona una de las dos opciones: Habilita tu Buzón o Actualiza tus medios de contacto
  3. Después de que selecciones una de las dos, te aparecerá un recuadro, da clic en la palabra "aquí"
  4. Te va a redirigir a una página donde debes ingresar tu RFC, contraseña, e.firma y rellenar el captcha
  5. Rellena todos los campos con la información que se te pide y luego da clic en continuar
  6. Imprime o guarda el "Acuse de Recibo"
  7. Confirma tu correo electrónico y tu número de celular (te llegará un correo a la dirección que ingresaste y un mensaje de texto al número que registraste), tienes 72 horas

Publicado originalmente en El Heraldo de Chihuahua