El próximo 1º de abril vence el plazo para hacer la Declaración Anual para personas morales, según lo expresó el Mtro. Alberto Báez Castro, Administrador Desconcentrado de Servicios al Contribuyente.
En visita a nuestra redacción informó que la Declaración Anual para personas morales deben presentar su declaración anual del ejercicio fiscal anterior, siendo la fecha límite para presentarla es a más tardar el 31 de marzo de 2024, sin embargo, en esta ocasión será el 01 de abril, ya que el 31 de marzo es un día inhábil, de conformidad con el artículo 12, quinto párrafo del Código Fiscal de la Federación. PM con fines no lucrativos, a más tardar el 15 de febrero de 2024.
Es necesario que los contribuyentes cumplan una serie de requisitos al hacer su declaración, como presentar su registro Federal de Contribuyentes (RFC), E-firma (firma electrónica), contraseña generada en el portal del SAT, datos bancarios como tu Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) en caso tener saldo a favor y nombre del beneficiario para poder recibir tus recursos.
El SAT no laborará en días festivos oficiales y cuenta con fechas de asueto en Semana Santa, por lo que es recomendable realizar tu declaración con tiempo. Para hacerlo, hay dos opciones: ya sea en su página de internet o a través de una cita en oficinas presenciales.
Los horarios de atención presencial en las oficinas del SAT son de lunes a jueves de 8:30 a 15:00 horas. Con motivo de la declaración anual se ampliará el horario de 8:30 a 18:00 horas los días 22, 25, 26 y 27 de marzo y 1 de abril.
Con el horario ampliado de operación en los 55 puntos del país , se busca ofertar un mayor número de servicios a fin de que los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con la declaración anual del ejercicio correspondiente.
También están los canales MarcaSAT 5562722728 o Chat uno y Mi portal dentro del portal del SAT, así como las publicaciones en redes sociales de Youtube, X y Facebook.