Que la fotografía de los de los deudores alimentarios se incorpore al registro estatal que existe de estos padres morosos que no cumplen con esta obligación y que se presente la constancia de no inscripción en dicho padrón para realizar trámites oficiales.
La diputada Claudia Elvira Rodríguez Márquez hizo esta propuesta donde también planteó prohibir que salgan del país los deudores alimentarios morosos, adicionando esto al Artículo 311 de Ley para la Familia.
"El derecho a los alimentos no solo tiene como propósito satisfacer las necesidades alimenticias de las personas, sino que involucra proporcionar lo necesario para la salud, la vivienda y el vestido.
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En el caso de los niños, este derecho incluye otorgar lo necesario para que alcancen determinado nivel de educación y sano esparcimiento para su desarrollo", abundó.
Explicó que el Artículo 4 Constitucional prevé la obligación de los ascendientes de preservar y exigir el cumplimiento de los derechos de sus descendientes que sean niñas, niños y adolescentes, con la obligación de protegerlos y resguardarlos de algún daño o peligro.
Sin embargo, agregó que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) señala que en México 3 de cada 4 hijos de padres separados no reciben pensión alimenticia, mientras que el 67.5% de las madres solteras tiene que convivir con la insolvencia económica de sus exparejas.
Mientras que el Artículo 308 del Código Civil Federal refiere que el padre y la madre tienen la obligación de brindar alimentos a los hijos, lo que comprende la comida, vestuario, vivienda, atención médica adecuada y educación. La pensión debe corresponder al 15% del ingreso del padre, como mínimo, y se duplicará por cada hijo.
"En Coahuila, el Tribunal Superior de Justicia indica que el padrón de deudores alimentarios cuenta con 170 personas registradas, de las cuales aproximadamente 20 son mujeres", dijo.