Sapal aplica de manera permanente cloración en agua potable: Julio Casas

Por disposiciones de la COPRISED para evitar en lo posible contagios por COVID -19

Roberto Rodríguez Vallejo | Noticias de El Sol de La Laguna

  · sábado 4 de abril de 2020

Julio Casas Campos, director del SAPAL en Lerdo. / Foto: Antonio Melendez | Noticias de El Sol de La Laguna

Lerdo, Durango.- Fue mediante un oficio emitido por la Comisión para la Protección Contra Riesgos Sanitarios del Estado de Durango (COPRISED), en el cual se difundieron una serie de recomendaciones para los distintos sistemas operadores de agua de los 39 municipios del estado de Durango, que el SAPAL en esta ciudad, inició labores de cloración constante del agua que se distribuye a través de las redes en el municipio, dijo el director Julio César Casas Campos.

En ese sentido el funcionario dijo que existe un oficio enviado por correo certificado y fechado el 13 de marzo como despachado por esa dependencia estatal, que firma el Lic. Fernando de la Mora Alvarado, director del Sistema Estatal Sanitario, en donde se pide, de acuerdo a los lineamientos de la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), apoyar la Declaración de Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII).

En ese oficio se habla del Proyecto Federal de Agua de Calidad Bacteriológico, cuyo objetivo es contribuir a la protección de la salud de la población contra riesgos derivados de la presencia de contaminantes de origen bacterial en el agua, destinada para uso y consumo humano que se distribuye a través de las redes de los sistemas de agua potable de los municipios.

Se busca con la cloración constante del agua, apoyar la declaración de emergencia (ESPII), emitida por la Organización Mundial de la Salud (OMS), debido a la rápida evolución de los casos de enfermedad causados por el COVID-19, dice el comunicado, subrayó.

Por ello y de acuerdo a lo establecido en los artículos 115 Fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 109 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Durango, 35 Fracción I y II y el 38 Fracción I de la Ley Estatal de Salud y en cumplimiento a la NOM-127-SSA1 y la NOM-179-SSA1-1998, se lleva a cabo una desinfección constante del agua que se proporciona a la población para evitar la propagación de cualquier virus respiratorio o riesgo adicional de enfermedad de origen hídrico.

Fue así como el día miércoles primero de abril la Oficina Regional de Protección Contra Riesgos Sanitarios ubicado en la ciudad de Gómez Palacio que, mediante el oficio 0046, hizo llegar dicha solicitud de cloración constante del agua por COVID-19 al SAPAL, concluyó.