Saltillo, Coahuila.- Este martes, el Congreso del Estado recibió la iniciativa de reforma electoral enviada por el gobernador Miguel Ángel Riquelme, la cual deberá de ser analizada y, en su caso, aprobada antes del 1 de octubre, fecha en la que debería de estar publicada en el Periódico Oficial de la entidad para que pueda estar vigente para las elecciones del 2023.
Así lo dio a conocer el diputado Ricardo López Campos, al tiempo de precisar que se repuso el proceso sobre la reforma constitucional en derechos humanos, impugnada e invalidada por el Tribunal Constitucional Local y ahora se pronunciaron a favor 25 Cabildos de igual número de ayuntamientos, a los que sumaron otros dos, como Torreón y Cuatro Ciénegas, después del dictamen.
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La iniciativa del Mandatario Estatal se recibió en la correspondencia de este martes, donde se señala que se reforman, de acuerdo a lo que apruebe el Congreso, diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado, del Código Electoral y la Ley de Medios de Impugnación en materia Político-Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila.
En cuanto a la reforma electoral, López Campos apuntó que, sin haberla leído todavía, esta contempla diversos tipos de materia político- electoral, así como de transparencia, de la violencia de género y que además plantea alternativas para la participación de los grupos vulnerables.
“En estos rubros se encuentran la comunidad lésbico-gay, grupos indígenas y afromexicanos, personas con discapacidad, minusválidos e inclusive creo que hasta periodistas”, agregó.
Mientras que en ella no se contempla el tema de la paridad, cuyo modelo le corresponderá definirlo a la 62 Legislatura con iniciativas de las y los diputados al respecto.
En lo particular, en esta iniciativa de reforma electoral se dictamina estar en contra de lo establecido en el artículo 47, segundo párrafo de la Carta de Derechos Políticos del Estado de Coahuila, donde señala que:
“Las personas juzgadoras deberán revisar la vigencia de las reglas de paridad con la prueba contextual e histórica de su aplicación”; para lo cual solo quedará lo subsistente en la primera parte del párrafo en cuestión.
De esta manera, dicho Artículo señalará y quedará de la siguiente forma: “La paridad de género es un principio fundamental para el ejercicio y goce de los derechos políticos en los términos que establezca la ley”.
De esta forma, se detalla en la iniciativa, la paridad se asegurará con condiciones progresivas de igualdad entre los diferentes géneros y que estas serán de la más amplia y libre configuración legislativa, por lo que no será una obligación constitucional local permanente sino una medida de acción afirmativa, transitoria y potestativa para erradicar la desigualdad entre los géneros.