Existencia de 2 ó 3 sindicatos en una empresa causará inestabilidad laboral

La CTM en Gómez Palacio afirmó que el Convenio 98 de la OIT, referente al aumento al salario, fue aprobado por el Senado y enviado al Congreso para su autorización

César Acosta Amaya

  · lunes 14 de enero de 2019

Dos o tres sindicatos en una empresa crearían inestabilidad laboral y económica

Gabriel Rodríguez Villa, secretario general de la CTM en Gómez Palacio, afirmó que el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, el cual fue aprobado por el Senado mexicano y mandado al Congreso de la Unión para su autorización, causará una inestabilidad laboral, porque una empresa no puede soportar tener uno o tres sindicatos, de lo contrario estaría emplazada todo el año y ello también es desgastante.

Este convenio, que contiene el derecho de libre sindicalización, iría contra toda lógica, porque rechaza la autonomía y quizá los artículos de la Ley Federal de Trabajo, los que sin duda se habrán de modificar.

La Ley establece que se puede formar un sindicato siempre y cuando haya más de 21 trabajadores y en este sentido, una empresa de este tipo, no podrá soportar los embates de uno o dos sindicatos.

CONFUSIONES EN EL SALARIO

Por otra parte, aclaró que el incremento de un 16.2 por ciento solo es para los que devengan el salario mínimo y está compuesto por la innovación en el aumento al Monto Independiente de Recuperación (MIR) que son 9 pesos con 43 centavos y el aumento por fijación de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami), es un 5 por ciento, para que el salario sea de 102 pesos con 68 centavos.

Aclaró también que en la federación que encabeza ninguno de sus agremiados percibe el salario mínimo, toda vez que se manejan a través de salarios contractuales, además de que cada año llevan a cabo revisiones salariales.

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Aclaró que el MIR se estableció por primera vez en el mes de diciembre del 2016, a fin de aplicar la recuperación de los salarios a partir del 2017 y ahora para este 2019 el aumento es del 16.2 por ciento, pero no es en forma generalizada para todos los trabajadores, sino solamente es para aquellos que perciban un salario mínimo que es de 88 pesos con 36 centavos.

Gabriel Rodríguez Villa, dirigente de la CTM en Gómez Palacio


Detalló que a partir de la fijación de los salarios mínimos que entraron en vigor en este año, el consejo de representantes introdujo una innovación en el procedimiento de fijación de dicho salario que es el llamado MIR, el cual se tipifica en 4 puntos: El primero es una cantidad absoluta en pesos, el segundo señala que el objetivo es única y exclusivamente contribuir a la recuperación del poder adquisitivo del salario mínimo general; como tercer punto, no debe ser utilizado como referente para fijar incrementos de los demás salarios vigentes en el mercado laboral, es decir, salarios contractuales, federales y de la jurisdicción local; salarios diferentes a los mínimos y a los contractuales; salarios para servidores públicos federales, estatales y municipales y demás salarios del sector informal.

Como cuarto, se señala que el MIR podrá ser aplicado tanto en un procedimiento de revisión salarial como de fijación salarial, previstos en el artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo, dijo el líder cetemista.

Por lo anterior, dijo que en la región lagunera el monto en pesos del salario mínimo en el año 2018 fue de 88.36 pesos, el aumento de la innovación del MIR fue de 9.43 pesos, aunado al 5 por ciento por fijación de la Conasami, da un total de 102.68 pesos para la mayoría del país.

En lo que se refiere a la zona libre de la frontera norte, el salario era de 88.36 pesos, el incremento del MIR fue de 79.94 pesos, aunado al 5 por ciento de fijación, llegó a 176.72 pesos como salario mínimo, pero aclaró, solo en la franja fronteriza.

Añadió por último, que todo aquel trabajador que perciba más de un salario mínimo se le incrementará el 5 por ciento que es el que se basa en el índice inflacionario en el país.