/ sábado 2 de febrero de 2019

Iniciaron las precampañas electorales en Durango: IEPC

Concluyen el 6 de marzo

Gómez Palacio, Durango.- Iniciaron este dos de febrero las precampañas electorales en los municipios de Durango, Gómez Palacio y Lerdo para Proceso Electoral Local 2018-2019 en el Estado de Durango.

Estas concluyen el 6 de marzo del año en curso para el Proceso Electoral Local 2018-2019 en donde se realizará la renovación de los 39 Ayuntamientos que conforman el Estado de Durango.

El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango (IEPC) aprobó en la Sesión Extraordinaria número 39 los topes de gastos de las precampañas electorales para el Proceso Electoral Local 2018-2019, aunque se hizo mención que habrá tres grupos, el uno inicia campaña del 2 de febrero al 6 de marzo, el dos, del 9 de febrero al 6 de marzo y el tres del 15 de febrero al 6 de marzo.

Los topes de gastos de precampañas se fijaron acorde con lo que establece el artículo 179, párrafo 1, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Durango, en el sentido de que el tope de gasto de precampaña será equivalente al 20% del establecido para las campañas inmediatas anteriores, al tomar en cuenta los topes de campaña establecidos en el Proceso Electoral Local inmediato anterior para la elección de Ayuntamientos.

De esta manera el Consejo General determinó los topes de gasto de precampaña para el Proceso Electoral Local 2018–2019, de la siguiente manera:

MUNICIPIOS Y TOPES DE PRECAMPAÑA

1 Canatlán 167,986.48; 2 Canelas 22,382.30; 3 Coneto de Comonfort 24,513.95; 4 Cuencamé 173,869.55; 5 Durango 3,194,793.42, 6 Simón Bolívar 55,023.16; 7 Gómez Palacio 1,711,524.02; 8 Guadalupe Victoria 198,474.66; 9 Guanaceví 52,484.82; 10 Hidalgo 23,840.80; 11 Indé 31,371.69; 12 Lerdo 730,292.79; 13 Mapimí 123,313.03; 14 Mezquital 185,292.10; 15 Nazas 65,260.68; 16 Nombre de Dios 102,449.68; 17 Nuevo Ideal 144,187.76; 18 Ocampo 49,504.72; 19 El Oro 67,539.58; 20 Otáez 26,435.24; 21 Pánuco de Coronado 75,624.42; 22 Peñón Blanco 59,118.17; 23 Poanas 132,624.97; 24 Pueblo Nuevo 216,733.91; 25 Rodeo 68,801.74; 26 San Bernardo 19,528.42; 27 San Dimas 94,065.98; 28 San Juan de Guadalupe 31,743.32; 29 San Juan del Río 69,180.39, 30 San Luis del Cordero 13,042.32; 31 San Pedro del Gallo 10,412.82; 32 Santa Clara 37,142.56; 33 Santiago Papasquiaro 250,202.18

Puede leer:

34 Súchil 36,939.22; 35 Tamazula 107,087.26, 36 Tepehuanes 67,574.64; 37 Tlahualilo 103,721.50; 38 Topia 38,986.72 y 39 Vicente Guerrero 115,305.33

FECHAS DE PRECAMPAÑAS ELECTORALES

En el artículo 178 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Durango se establece lo siguiente:

“Queda prohibido a los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular, en todo tiempo, la contratación de propaganda o cualquier otra forma de promoción personal en radio y televisión. La violación a esta norma se sancionará con la negativa de registro como precandidato, o en su caso con la cancelación de dicho registro. De comprobarse la violación a esta norma en fecha posterior a la de postulación del candidato por el partido de que se trate, el Instituto negará el registro legal del infractor” por lo que el IEPC se apegara en su totalidad a lo que marca la Ley.

Gómez Palacio, Durango.- Iniciaron este dos de febrero las precampañas electorales en los municipios de Durango, Gómez Palacio y Lerdo para Proceso Electoral Local 2018-2019 en el Estado de Durango.

Estas concluyen el 6 de marzo del año en curso para el Proceso Electoral Local 2018-2019 en donde se realizará la renovación de los 39 Ayuntamientos que conforman el Estado de Durango.

El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango (IEPC) aprobó en la Sesión Extraordinaria número 39 los topes de gastos de las precampañas electorales para el Proceso Electoral Local 2018-2019, aunque se hizo mención que habrá tres grupos, el uno inicia campaña del 2 de febrero al 6 de marzo, el dos, del 9 de febrero al 6 de marzo y el tres del 15 de febrero al 6 de marzo.

Los topes de gastos de precampañas se fijaron acorde con lo que establece el artículo 179, párrafo 1, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Durango, en el sentido de que el tope de gasto de precampaña será equivalente al 20% del establecido para las campañas inmediatas anteriores, al tomar en cuenta los topes de campaña establecidos en el Proceso Electoral Local inmediato anterior para la elección de Ayuntamientos.

De esta manera el Consejo General determinó los topes de gasto de precampaña para el Proceso Electoral Local 2018–2019, de la siguiente manera:

MUNICIPIOS Y TOPES DE PRECAMPAÑA

1 Canatlán 167,986.48; 2 Canelas 22,382.30; 3 Coneto de Comonfort 24,513.95; 4 Cuencamé 173,869.55; 5 Durango 3,194,793.42, 6 Simón Bolívar 55,023.16; 7 Gómez Palacio 1,711,524.02; 8 Guadalupe Victoria 198,474.66; 9 Guanaceví 52,484.82; 10 Hidalgo 23,840.80; 11 Indé 31,371.69; 12 Lerdo 730,292.79; 13 Mapimí 123,313.03; 14 Mezquital 185,292.10; 15 Nazas 65,260.68; 16 Nombre de Dios 102,449.68; 17 Nuevo Ideal 144,187.76; 18 Ocampo 49,504.72; 19 El Oro 67,539.58; 20 Otáez 26,435.24; 21 Pánuco de Coronado 75,624.42; 22 Peñón Blanco 59,118.17; 23 Poanas 132,624.97; 24 Pueblo Nuevo 216,733.91; 25 Rodeo 68,801.74; 26 San Bernardo 19,528.42; 27 San Dimas 94,065.98; 28 San Juan de Guadalupe 31,743.32; 29 San Juan del Río 69,180.39, 30 San Luis del Cordero 13,042.32; 31 San Pedro del Gallo 10,412.82; 32 Santa Clara 37,142.56; 33 Santiago Papasquiaro 250,202.18

Puede leer:

34 Súchil 36,939.22; 35 Tamazula 107,087.26, 36 Tepehuanes 67,574.64; 37 Tlahualilo 103,721.50; 38 Topia 38,986.72 y 39 Vicente Guerrero 115,305.33

FECHAS DE PRECAMPAÑAS ELECTORALES

En el artículo 178 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Durango se establece lo siguiente:

“Queda prohibido a los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular, en todo tiempo, la contratación de propaganda o cualquier otra forma de promoción personal en radio y televisión. La violación a esta norma se sancionará con la negativa de registro como precandidato, o en su caso con la cancelación de dicho registro. De comprobarse la violación a esta norma en fecha posterior a la de postulación del candidato por el partido de que se trate, el Instituto negará el registro legal del infractor” por lo que el IEPC se apegara en su totalidad a lo que marca la Ley.

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