/ lunes 4 de diciembre de 2023

No prescribirán delitos contra menores: Congreso

Dentro de las reformas se incluye como conducta delictiva la entrega de apoyos ilícita a familiares: Paty Jiménez

El Congreso de Estado aprobó las reformas al Código Civil y Penal con la finalidad que no prescriban los delitos contra menores de edad víctimas de abuso sexual, establecer la pensión compensatoria, castigar el abuso de poder en la entrega de apoyos sociales a familiares y en materia de comprobación de delitos.

Al hacer uso de la tribuna, la presidenta de la Comisión de Justicia, Paty Jiménez Delgado, explicó que la primera reforma al Código Penal tiene el propósito de eliminar el concepto “reiteradamente” del tipo delictivo de acoso sexual, con la finalidad de que se deje la carga excesiva de requisitos que se tienen que comprobar para la configuración de este ilícito.

En relación a las modificaciones al Código Civil, señaló que establece que en los casos en que el daño moral se ocasione a menores de 12 años víctimas de violación, abuso sexual o pederastia, la acción para exigir la reparación no prescribirá.

La segunda reforma a este mismo ordenamiento describir la pensión compensatoria que precisa que el cónyuge que durante el matrimonio se haya dedicado a las labores del hogar y/o al cuidado de los hijos y que no hubiere generado los medios para tener independencia económica durante el matrimonio, tendrá derecho a una pensión compensatoria al momento del divorcio.

De esta manera, en la resolución se fijarán las bases para actualizar la pensión y las garantías para su efectividad, donde el derecho a la pensión alimenticia compensatoria se extingue cuando el acreedor contraiga nuevas nupcias o se una en concubinato o haya transcurrido un término igual a la duración del matrimonio.

Finalmente, explicó que en el Código Penal Federal, en materia del delito de ejercicio abusivo de funciones, incluye como conducta delictiva el que los apoyos provenientes de programas sociales sean entregados ilícitamente por algún servidor público en favor de este último o de su cónyuge, descendiente o ascendiente, parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa directa, socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte.

El Congreso de Estado aprobó las reformas al Código Civil y Penal con la finalidad que no prescriban los delitos contra menores de edad víctimas de abuso sexual, establecer la pensión compensatoria, castigar el abuso de poder en la entrega de apoyos sociales a familiares y en materia de comprobación de delitos.

Al hacer uso de la tribuna, la presidenta de la Comisión de Justicia, Paty Jiménez Delgado, explicó que la primera reforma al Código Penal tiene el propósito de eliminar el concepto “reiteradamente” del tipo delictivo de acoso sexual, con la finalidad de que se deje la carga excesiva de requisitos que se tienen que comprobar para la configuración de este ilícito.

En relación a las modificaciones al Código Civil, señaló que establece que en los casos en que el daño moral se ocasione a menores de 12 años víctimas de violación, abuso sexual o pederastia, la acción para exigir la reparación no prescribirá.

La segunda reforma a este mismo ordenamiento describir la pensión compensatoria que precisa que el cónyuge que durante el matrimonio se haya dedicado a las labores del hogar y/o al cuidado de los hijos y que no hubiere generado los medios para tener independencia económica durante el matrimonio, tendrá derecho a una pensión compensatoria al momento del divorcio.

De esta manera, en la resolución se fijarán las bases para actualizar la pensión y las garantías para su efectividad, donde el derecho a la pensión alimenticia compensatoria se extingue cuando el acreedor contraiga nuevas nupcias o se una en concubinato o haya transcurrido un término igual a la duración del matrimonio.

Finalmente, explicó que en el Código Penal Federal, en materia del delito de ejercicio abusivo de funciones, incluye como conducta delictiva el que los apoyos provenientes de programas sociales sean entregados ilícitamente por algún servidor público en favor de este último o de su cónyuge, descendiente o ascendiente, parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa directa, socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte.

Torreón

En sesión solemne de Cabildo entregará Román su Tercer Informe de Gobierno

Fue aprobado el programa al que se sujetará el protocolo el próximo martes 3 de diciembre

Torreón

En diciembre revisarán perfiles para designar nuevos delegados de la Fiscalía

Se trabajará para dar mayor apertura y agilidad en la procuración de justicia: Federico Fernández

Gómez Palacio

Christian Alfonso García Moreno es el nuevo presidente de la AMFECCO

Estará al frente por un periodo de tres años la frente de este organismo

Local

Gobierno de Durango busca promover a empresas para el consumo local

El objetivo es contar con los mecanismos para la activación económica.