/ lunes 18 de mayo de 2020

Obligatoriedad de trabajo en penales para lograr reinserción social

Propone diputado modificar Ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad

Con la finalidad de lograr una mejor reinserción social de toda aquella persona que cumpla su pena dentro de un centro penitenciario, el grupo de Morena en el H. Congreso del Estado, en voz del diputado Pedro Amador Castro, propone modificar la Ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado de Durango, para que el sentenciado pueda obtener más beneficios de la reducción de la pena, al contar con una relación laborar dentro de la cárcel, a fin de que al concluir la condena se tenga un mejor desempeño laboral en la sociedad.

Lo presentado desde lo alto del Pleno de la Sexagésima Octava Legislatura consiste en reformar la fracción II del artículo 79 de la Ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado de Durango, la cual quedaría “Artículo 79… que participe regularmente en las actividades educativas, deportivas o de otra índole que se organicen en el establecimiento o relación laboral”.

Dentro de la exposición de motivos señaló que hoy en día el sistema que opera en la reinserción social es un total fracaso en México, debido a que la readaptación no existe en los penales, “los internos llegan a los reclusorios por haber robado algo insignificante y salen convertidos en líderes de bandas de delincuencia organizada”, citó desde lo alto del Pleno.

De aquí la solicitud del grupo parlamentario de Morena, el éiputado Amador Castro manifestó que, si bien la prisión es un mal ineludible para evitar otros mayores, la pena es una medida de defensa social, debemos hacer de esta un verdadero instrumento de preparación de personas para poder y saber vivir en libertad.

Justificó las modificaciones sugeridas a la Ley al mencionar que “el trabajo penitenciario es un eje fundamental para lograr la reinserción social de las personas privadas de la libertad, aunque realizan un trabajo bajo el mismo esquema que cualquier otro en libertad, no cuentan con ningún tipo de prestación laboral ni de seguridad social”, de aquí la importancia que le tome el empeño y esfuerzo realizado durante el cumplimiento de la condena

Numeralia:

79 es el artículo que se propone reformar para que el interno participe regularmente en actividades educativas, deportivas o de otra índole que se organicen en el establecimiento o relación laboral.

Con la finalidad de lograr una mejor reinserción social de toda aquella persona que cumpla su pena dentro de un centro penitenciario, el grupo de Morena en el H. Congreso del Estado, en voz del diputado Pedro Amador Castro, propone modificar la Ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado de Durango, para que el sentenciado pueda obtener más beneficios de la reducción de la pena, al contar con una relación laborar dentro de la cárcel, a fin de que al concluir la condena se tenga un mejor desempeño laboral en la sociedad.

Lo presentado desde lo alto del Pleno de la Sexagésima Octava Legislatura consiste en reformar la fracción II del artículo 79 de la Ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado de Durango, la cual quedaría “Artículo 79… que participe regularmente en las actividades educativas, deportivas o de otra índole que se organicen en el establecimiento o relación laboral”.

Dentro de la exposición de motivos señaló que hoy en día el sistema que opera en la reinserción social es un total fracaso en México, debido a que la readaptación no existe en los penales, “los internos llegan a los reclusorios por haber robado algo insignificante y salen convertidos en líderes de bandas de delincuencia organizada”, citó desde lo alto del Pleno.

De aquí la solicitud del grupo parlamentario de Morena, el éiputado Amador Castro manifestó que, si bien la prisión es un mal ineludible para evitar otros mayores, la pena es una medida de defensa social, debemos hacer de esta un verdadero instrumento de preparación de personas para poder y saber vivir en libertad.

Justificó las modificaciones sugeridas a la Ley al mencionar que “el trabajo penitenciario es un eje fundamental para lograr la reinserción social de las personas privadas de la libertad, aunque realizan un trabajo bajo el mismo esquema que cualquier otro en libertad, no cuentan con ningún tipo de prestación laboral ni de seguridad social”, de aquí la importancia que le tome el empeño y esfuerzo realizado durante el cumplimiento de la condena

Numeralia:

79 es el artículo que se propone reformar para que el interno participe regularmente en actividades educativas, deportivas o de otra índole que se organicen en el establecimiento o relación laboral.

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