/ miércoles 20 de mayo de 2020

Prohibir a tránsitos retención de documentos por multas: Mercado

Disposiciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación deben ser acatadas

La iniciativa de reformas a la Ley de Tránsito y Transportes para los Municipios del Estado, busca prohibir a policías viales o agentes de Tránsito el asegurar permisos para circular, tarjetas de circulación, licencias de manejo y placas de circulación como medida de coacción para el pago de una multa, precisó la diputada Sonia Catalina Mercado Gallegos.

Al respecto, recordó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en controversia constitucional número 326/2017 determinó que los Estados tienen facultades para implementar esquemas que puedan garantizar el cobro de las sanciones de Tránsito y Vialidad, y prohibir que los agentes de Vialidad aseguren en garantía para su cobro tarjetas de circulación, licencias de manejo o placas a conductores del volante.

“Para nuestro Grupo Parlamentario las disposiciones decretadas por la Suprema Corte deben ser acatadas y legisladas conforme lo menciona nuestro máximo tribunal, por lo que no se debe esperar más tiempo para armonizar y dejar muy claro en nuestra Ley vigente en la materia lo dictado en dicho razonamiento”, resaltó al realizar la ampliación de motivos de la propuesta legislativa.

Por ello, la legisladora consideró importante dar certeza a su aplicación a través de una reforma simple, pero con gran significado al marco normativo que regula el tránsito en los municipios de esta entidad federativa, esto es, prohibir el aseguramiento de tales documentos para garantizar el pago de sanciones.

Agregó que, conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la retención de documentos es violatorio, ya que en el artículo 14, párrafo segundo establece que nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas.

“Nunca se faculta a las autoridades viales la retención de documentos a las personas que cometan una infracción de tránsito”, reiteró Mercado Gallegos.

Dato:

Conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la retención de documentos es violatorio, ya que el artículo 14 se establece que nadie podrá ser privado de su libertad o sus posesiones.

La iniciativa de reformas a la Ley de Tránsito y Transportes para los Municipios del Estado, busca prohibir a policías viales o agentes de Tránsito el asegurar permisos para circular, tarjetas de circulación, licencias de manejo y placas de circulación como medida de coacción para el pago de una multa, precisó la diputada Sonia Catalina Mercado Gallegos.

Al respecto, recordó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en controversia constitucional número 326/2017 determinó que los Estados tienen facultades para implementar esquemas que puedan garantizar el cobro de las sanciones de Tránsito y Vialidad, y prohibir que los agentes de Vialidad aseguren en garantía para su cobro tarjetas de circulación, licencias de manejo o placas a conductores del volante.

“Para nuestro Grupo Parlamentario las disposiciones decretadas por la Suprema Corte deben ser acatadas y legisladas conforme lo menciona nuestro máximo tribunal, por lo que no se debe esperar más tiempo para armonizar y dejar muy claro en nuestra Ley vigente en la materia lo dictado en dicho razonamiento”, resaltó al realizar la ampliación de motivos de la propuesta legislativa.

Por ello, la legisladora consideró importante dar certeza a su aplicación a través de una reforma simple, pero con gran significado al marco normativo que regula el tránsito en los municipios de esta entidad federativa, esto es, prohibir el aseguramiento de tales documentos para garantizar el pago de sanciones.

Agregó que, conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la retención de documentos es violatorio, ya que en el artículo 14, párrafo segundo establece que nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas.

“Nunca se faculta a las autoridades viales la retención de documentos a las personas que cometan una infracción de tránsito”, reiteró Mercado Gallegos.

Dato:

Conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la retención de documentos es violatorio, ya que el artículo 14 se establece que nadie podrá ser privado de su libertad o sus posesiones.

Doble Vía

El rompecabezas ‘más grande del mundo’ que fue un rotundo fracaso

Cuando La Laguna quiso romper otro récord Guinness con proyecto altruista

Local

Estamos sentando las bases de un gran proyecto para la Salud Mental: Manolo

Presentan avances del Gran Programa de Salud Mental para el estado de Coahuila y las proyecciones para los próximos años

Policiaca

Detienen a José “N”, presunto asesino de su madre

De acuerdo a fuentes oficiales, el imputado fue arrestado en las inmediaciones de Nazareno, en Lerdo, Durango

Local

“Aquí no se maquillan cifras”, afirma subsecretario tras asesinato de mujer en Gómez Palacio

El subsecretario general de Gobierno, Raúl Meraz Ramírez, fijó su postura sobre el asesinato de una mujer la madrugada de ayer jueves

Torreón

Fiesta de Santa Cecilia causa menos fervor entre músicos de Torreón

Se cree que las festividades ya no son como años o décadas atrás