El Tribunal colegiado falló a favor de la familia Nava, propietaria de una superficie de 2.4 hectáreas del Territorio Santos Modelo (TSM) y se encuentran en espera de que el Tribunal Agrario emita la sentencia definitiva, en atención al amparo concedido, para que se realice el pago correspondiente por las tierras.
En noviembre de 2023 se dio una sentencia de amparo concedida a Vanessa Nava, hija de Juan Nava, ejidatario ya fallecido, ante la emitida por el Tribunal Agrario del Distrito 6 con sede en Torreón, que había absuelto al Grupo Orlegi de nulidad absoluta condenando a Juan Nava, a pagar por daños y perjuicios.
“Lo cual resultaba injusto y después ridículo; ante esa sentencia fue que tramitamos el amparo directo (116/2022) del Tercer Tribunal Colegiado en materias penal y administrativa, para quejarnos de esa sentencia injusta y absurda; en noviembre del año pasado nos fue concedida la sentencia de amparo”, comentó Alfredo Ochoa, abogado de la familia Nava.
A pesar de haber sido una sentencia ganada, se mantenían inconformes con algunas situaciones y se pidió una revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que pidió devolver el asunto al Tribunal Colegiado para que a su vez este sea quien se haga cargo de que se cumpla dicha sentencia de amparo concedida a favor de la hija de don Juan.
Ya recibió el Tribunal Colegiado los expedientes, tanto el agrario como el de amparo; con base a esta devolución y el señalamiento de la SCJN, se le está requiriendo al Tribunal Agrario, que emita una nueva resolución, atendiendo el amparo que ya se le concedió a una de las hijas del ejidatarios.
“Se está pidiendo al Tribunal Agrario que para evitar que se violen derechos fundamentales de las partes, se le de vista a la sucesora de los derechos ejidales, que es la señora Reina Nava, hija también de Juan”.
Ante esto, la sucesora ejidal deberá manifestar lo que a su derecho o interés convenga, para que pueda hacer valer ante este tribunal, que don Juan era invidente, mismo hecho notorio que también constató la actuaria adscrita al Tribunal Agrario, cuando se emplazó de esa demanda.
“En virtud de eso y que la actuaria adscrita dio fe en que Juan era invidente, el magistrado o magistrada la debe de tomar en cuenta para emitir la nueva resolución”.
Este señalamiento es muy importante en el caso, debido a que el convenio de enajenación de derechos parcelarios, dice textualmente que don Juan lo firmó después de haberlo leído, lo cual no pudo haber sucedido. Además, indica que también se le corrió el derecho de él, como de su esposa, que para entonces ya había fallecido.
“Ese convenio de enajenación está viciado de origen, está tildado de nulidad absoluta y el Tribunal agrario tiene que atender esas circunstancias y decretar la nulidad absoluta, para que con base en ella, salga la respectiva condena”.
En este tipo de situaciones debería ser la devolución del previo, pero en el caso en particular de la familia Nava, al haber ya una construcción en la superficie, lo viable sería el pago de la parcela.
Contrato sin validez
El abogado de la familia asegura que ese contrato es falso y que realmente nunca se celebró entre ambas partes y menos de común acuerdo.
“Nunca los buscaron, nunca hubo un verdadero contacto con los dueños; si lo hubiera habido y el tema fuera otro como un pago injusto, pues estaríamos hablando de otras circunstancias, pero no fue así, estamos hablando de que es un convenio que el ejidatario realmente nunca firmó”, reiteró el representante legal.
Dijo que realmente la gente del club nunca estuvo de acuerdo con don Juan; incluso, en la situación en la que el ejidatario se encontraba, siendo invidente, la ley prevé dichas circunstancias.
“Cuando una persona esté en un caso como este y no está en condiciones de firmar un contrato, se tiene que contemplar que esté alguien presente de confianza que le lea el documento y que lo apoye adecuadamente y no había ninguna razón para que se asentara que el contrato se hizo de la manera adecuada”.
La familia presupuestaria de la parcela, se dio cuenta de que sus tierras habían sido tomadas hasta el momento en que se percatan de la obra de construcción del complejo deportivo; desde entonces iniciar el proceso para recuperarlas o recientemente, con la intención de recibir el pago justo por su superficie.
Sin novedad tras denuncia
Por otra parte, el abogado de la familia, Alfredo Ochoa, ha ejercido su derecho de petición de información, ante la Fiscalía General de la República, a fin de que se le proporcione la información correspondiente sobre el estado que guarda la denuncia que interpuso por agresión y amenazas en su contra.
Sin embargo, no ha recibido respuesta y desconoce el estatus de dicha denuncia y de los posibles avances que pudiera presentar su caso.
El pasado jueves 11 de abril del presente año, fue golpeado por dos personas en su oficina, recibiendo además amenazas de muerte en ese momento, por parte de otras dos personas más.
“La licenciada Liliana Isabel Estrella Rivera me dijo en la mañana que irían a buscarme unas personas para decirme que Alejandro Irarragorri no pagaría ni un peso. Alrededor de las 17:00 horas, llegaron un total de cuatro personas y dos de ellos comenzaron a golpearme; después las otras dos me dijeron que era la segunda y la última, que a la otra me mataban”.
Esto, debido a que el día 7 de septiembre de 2023, fue ‘levantado’ por unas personas, por lo que en su momento presentó la denuncia también, ante la Vicefiscalía en la Laguna de Durango y una queja en la Comisión Estatal de Derechos Humanos, que según señala el abogado, se quedó en trámite.
Hasta el momento no ha recibido más amenazas ni tenido algún incidente similar; sin embargo, tampoco hay un avance en cuanto a la denuncia que presentó, ni se la hecho valer el derecho de recibir información sobre el estado que guarda la misma.