Saltillo, Coahuila.- Durante la primera Sesión del Segundo Período Ordinario del tercer año de la LXII Legislatura, la Diputada de morena, Tereza Meraz, presentó una iniciativa con proyecto de decreto, por la que se reforma la Ley Estatal de Salud, con respecto a la muerte fetal y perinatal.
La coordinadora de la bancada de morena en el Congreso del Estado, mencionó que la Pérdida perinatal se define como la ocurrida en cualquier momento de la gestación hasta el primer mes de vida del bebé, que incluye: abortos espontáneos o inducidos, embarazo ectópico, reducción selectiva (aborto inducido de uno o más fetos en una gestante múltiple), muerte de un gemelo en gestación, feto muerto intraútero o durante el parto, muerte de prematuro o de neonato. Así como la cesión de un niño en adopción.
“Durante el año 2020, en nuestro país se registraron 22, 637 muertes fetales, las cuales corresponden a una tasa nacional de 6.7 por cada 10 000 mujeres en edad fértil. • El 82.9% de las muertes fetales ocurrieron antes del parto, 15.6% durante el parto y en 1.5% de los casos no fue especificado. • Por sexo del feto, 11, 881 muertes fetales (52.5%) correspondieron a hombres y 8, 873 a mujeres (39.2%); 8.3% correspondió a casos en los que el sexo no fue especificado”, expuso.
Aunado a lo anterior, la legisladora de morena señaló que la estadística tiene un vínculo directo con la salud materna, la información referente a variables como las causas que la provocaron, la edad gestacional y peso del producto, así como la edad de la madre y la atención prenatal recibida durante el embarazo, los cuales en conjunto permiten identificar factores de riesgos prevenibles e incidir en una mejoría real de la salud materno-infantil en México. Así mismo, aclaró que la información obtenida tradicionalmente, proviene de dos tipos de fuentes informantes: los Registros Civiles en 31 de las entidades federativas y la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos (Panteones) en la Ciudad de México.
“Una forma de honrar la memoria y homenajear a los bebés que fallecieron en etapa de gestación, parto o después de nacer, es que cada 15 de octubre se conmemora el Día Internacional de la Concientización y Conmemoración de las Pérdidas Gestacionales y de la Infancia Temprana” externó.
“Otra de las formas es la implementación del CODIGO MARIPOSA: Es tan sencillo como poner una mariposa, una etiqueta de una mariposa en el expediente, y en el pie de la cama. Tú sabes que hay mucha rotación y cada que llega el personal y te dice, ¿y tu bebé?, te parte el corazón. Entonces, cuando el personal de salud ve eso, sabe uno que su bebé falleció, que está en duelo, que hay que acercarse con ella, mirarla a los ojos, ser respetuoso, preguntarle qué necesita”, manifestó.
Aunado a lo anterior la Diputada Teresa Meraz, detalló que también en algunos hospitales del mundo y del país se habilita se habilita una habitación para estas madres que han sufrido la pérdida de su hijo, no por aislarlas, sino para poder estar en ese momento íntimo con personas que están en circunstancias similares.
“Cómo forma de homenaje a esos niños que fallecieron antes de nacer se realiza la Ola de Luz la cual conlleva que a las siete de la noche de cada país prenden una veladora y apagan las luces, así millones de familias de todo el mundo se unen en honor de los bebés que no llegaron a casa y de los que si llegaron pero no se quedaron a través del encendido de velas”, finalizó.
Propuesta de iniciativa con proyecto de decreto por la que modifican los artículos 56, 57, 59 y 60 de la Ley Estatal de Salud, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 56. La atención materno-infantil tiene carácter prioritario y comprende las siguientes acciones:
I. La atención integral y multidisciplinaria de la mujer durante el embarazo, informando del derecho al acompañamiento de una persona de su confianza en el proceso de parto, incluida la cesárea y el puerperio, incluyendo los casos donde haya muerte fetal y perinatal.
Artículo 57. En los servicios de salud se promoverá la organización institucional de comités de prevención de la mortalidad maternal, fetal, perinatal e infantil a efecto de conocer, registrar, sistematizar y evaluar el problema y adoptar las medidas conducentes.
Artículo 59. En la organización y operación de los servicios de salud destinados a la atención materno-infantil, las autoridades sanitarias del Estado de Coahuila establecerán:
II. Acciones de orientación y vigilancia institucional, fomento a la lactancia materna y, en su caso, la ayuda alimentaria directa tendiente a mejorar el estado nutricional del grupo materno-infantil, además de impulsar, la instalación de lactarios en las dependencias o entidades públicas, así como en las instituciones de educación superior pública o privada.
En casos de muerte fetal o perinatal tendrán derecho a recibir información, suficiente, clara, oportuna y veraz, así como la orientación necesaria tanto del proceso de inhibición físico o farmacológica de la lactancia.