Luego de varios meses de lucha, se anunció la judicialización e imputación de la primera causa penal por Ley Olimpia en contra de una mujer en Coahuila, pues esta habría difundido imágenes íntimas de su ex pareja sin su consentimiento.
Se anunció que por primera vez en el estado se lleva a judicializar la primera causa penal por ley Olimpia con un hombre como víctima. Este 11 de julio se ejecutó la audiencia de imputación a Yessica N, según informó Brenda Zavala, abogada de la víctima, Diego N.
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Durante la audiencia se dictaron medidas cautelares contra Yessica: no acercarse a la víctima, no hablar mal de él ante los menores de edad hijos de su expareja, esto en tanto se desarrolle la vinculación a proceso.
¿Qué pasó?
Según explicó la abogada, el caso trascendió de un juzgado familiar, donde Yessica, ex pareja de la víctima, mostró fotografías íntimas de Diego sin su consentimiento.
Yessica pidió a su ex pareja quitar la denuncia penal pues estaba gastando todo el dinero de la manutención en abogados. De no hacerlo, Diego no vería más a sus tres hijas. Debido a esta situación, se pidió al juez de lo familiar actuar, pero este no hizo nada, por lo que decidieron denunciarla por la vía penal aludiendo a la Ley Olimpia. Yessica reconoció que algunos de sus familiares también habían visto las imágenes.
La abogada de la víctima admitió que es un gran paso para que más puertas se abran par que los hombres denuncien este tipo de situaciones.
¿Qué es la Ley Olimpia?
Se trata de una serie de reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal, que buscan reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, también conocida como ciberviolencia. Hasta el momento 28 entidades son las que han aprobado normas en este sentido.
¿Cómo surgió la Ley Olimpia?
La Ley Olimpia surgió luego de que se difundiera un video de contenido sexual no autorizado de una mujer en Puebla; derivado de ello se impulsó una inciativa para reformar el Código Penal de dicho estado y tipificar estas conductas como violación a la intimidad.
¿Cuándo aplica la Ley Olimpia?
Se considera como una conducta que atenta contra la intimidad sexual el:
- Grabar, fotografiar o elaborar videos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.
- Exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar intercambiar o compartir imágenes, audio o videos de contenido sexual de una persona, a sabiendas de que no existe el conocimiento por medio impreso, electrónico telefónico o cualquier otro medio tecnológico.
Pena por Ley Olimpia en Coahuila
Para el estado de Coahuila, el Artículo 236, fracción III determina que serán de 3 a 6 años de prisión, además de una multa de mil a 2 mil unidades de medida y actualización, entre 96 mil y 192 mil 440 pesos mexicanos.