En el juicio de revisión constitucional veinticuatro, los magistrados determinaron revocar la resolución impugnada y confirmar el dictamen relativo a la emisión de los lineamientos para el registro de candidaturas a los cargos de Gubernatura, munícipes, y diputaciones, por ambos principios, en Baja California; al no justificarse la implementación de una medida afirmativa adicional dirigida a garantizar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en la postulación de cargos de elección popular; ello considerando que la oportunidad para impugnar tales cuestiones había fenecido, y lo avanzado del actual proceso electoral en la referida entidad.
En el juicio ciudadano setenta, relativo a la selección interna de candidaturas a munícipes en Tijuana, Baja California; de la coalición Morena, PVEM, PT y Transformemos, la magistrada y magistrados resolvieron reiterar la determinación del Tribunal de Justicia Electoral de dicha entidad federativa, que confirmó el referido proceso de selección interno, dado que la actora no expuso argumentos y razones que controvirtieran la determinación del tribunal local.
En lo referente al juicio ciudadano setenta y uno, una vez discutido, se decidió por el voto de la mayoría de los integrantes de la Sala Regional, confirmar la negativa de registro de una candidatura independiente al cargo de Presidente Municipal de Lerdo, Durango; con el argumento de que el actor no controvirtió de manera eficaz su negativa de registro.
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En sesión pública de esta fecha, la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió treinta y ocho juicios para la protección de los derechos político-electorales, tres juicios de revisión constitucional y dos recursos de apelación, resoluciones que pueden consultarse en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx