/ miércoles 27 de octubre de 2021

Conoce los procesos penales y cómo son las audiencias

El abogado Francisco del Río explica los detalles

Torreón, Coahuila.- A partir de la comisión de un delito inician los procesos penales y de ahí viene la denuncia, informó el abogado Francisco del Río Escobedo, al señalar que puede ser oficiosa o de querella.

“La denuncia oficiosa es cuando el delito se persigue sin necesidad de que el afectado presente denuncia y la querella es cuando la víctima no presenta denuncia el Ministerio Público no puede acusarlo penalmente”, explicó.

El siguiente paso es emitir el citatorio para que se presente el inculpado de forma voluntaria, en caso de no acatar la indicación de la autoridad, se cuenta con la jurisdicción para sacar una orden de comparecencia que ya es por fuerza pública.

“Y también puede ser de aprensión. Depende mucho de las circunstancias”, señaló.

Antes de la apertura del juicio, a las partes se les presenta la oportunidad de una solución alternativa, bajo el objetivo de llegar a un arreglo inmediato.

“Que es mediante un acuerdo reparatorio, que pondría fin al proceso penal”, acotó. De no llegar a un acuerdo se sigue con la investigación que es por parte del MP.

“Luego viene la preparación del juicio que es la acusación, para después pasar a la apertura del juicio”, mencionó.

En la audiencia inicial se le leen sus Derechos al inculpado, se le imputa y se le da la oportunidad de declarar. De ahí se pasa a que el MP solicite que se le vincule a proceso. “Se podrá vincular a proceso en la misma audiencia o a petición del inculpado se podrá dar una prorroga”, comentó.

Una vez analizado la imputación y las pruebas de la investigación inicial, el juez dictará vinculación a proceso y se dará tiempo para que el MP continúe con la investigación complementaria.

En la investigación intermedia el MP debe de tener conocimiento si hay las pruebas suficientes para acusarlo o para sobreseer el juicio completamente o parcialmente.

“Si es acusado vendrá una audiencia intermedia, en ella se llevará el desahogo de la prueba, nuevamente una declaración del inculpado y debate de los mismos. Al término del debate habrá una deliberación privada para que el tribunal declare su fallo y sentencia”, manifestó.

Finalmente, Del Río Escobedo comentó que con el nuevo proceso penal se trata de que sean rápidos los tiempos, pero siguen dependiendo de cada caso y de las partes involucradas.

“Lo que si es que se acortaron los tiempos a comparación con el antiguo proceso”, puntualizó.

Torreón, Coahuila.- A partir de la comisión de un delito inician los procesos penales y de ahí viene la denuncia, informó el abogado Francisco del Río Escobedo, al señalar que puede ser oficiosa o de querella.

“La denuncia oficiosa es cuando el delito se persigue sin necesidad de que el afectado presente denuncia y la querella es cuando la víctima no presenta denuncia el Ministerio Público no puede acusarlo penalmente”, explicó.

El siguiente paso es emitir el citatorio para que se presente el inculpado de forma voluntaria, en caso de no acatar la indicación de la autoridad, se cuenta con la jurisdicción para sacar una orden de comparecencia que ya es por fuerza pública.

“Y también puede ser de aprensión. Depende mucho de las circunstancias”, señaló.

Antes de la apertura del juicio, a las partes se les presenta la oportunidad de una solución alternativa, bajo el objetivo de llegar a un arreglo inmediato.

“Que es mediante un acuerdo reparatorio, que pondría fin al proceso penal”, acotó. De no llegar a un acuerdo se sigue con la investigación que es por parte del MP.

“Luego viene la preparación del juicio que es la acusación, para después pasar a la apertura del juicio”, mencionó.

En la audiencia inicial se le leen sus Derechos al inculpado, se le imputa y se le da la oportunidad de declarar. De ahí se pasa a que el MP solicite que se le vincule a proceso. “Se podrá vincular a proceso en la misma audiencia o a petición del inculpado se podrá dar una prorroga”, comentó.

Una vez analizado la imputación y las pruebas de la investigación inicial, el juez dictará vinculación a proceso y se dará tiempo para que el MP continúe con la investigación complementaria.

En la investigación intermedia el MP debe de tener conocimiento si hay las pruebas suficientes para acusarlo o para sobreseer el juicio completamente o parcialmente.

“Si es acusado vendrá una audiencia intermedia, en ella se llevará el desahogo de la prueba, nuevamente una declaración del inculpado y debate de los mismos. Al término del debate habrá una deliberación privada para que el tribunal declare su fallo y sentencia”, manifestó.

Finalmente, Del Río Escobedo comentó que con el nuevo proceso penal se trata de que sean rápidos los tiempos, pero siguen dependiendo de cada caso y de las partes involucradas.

“Lo que si es que se acortaron los tiempos a comparación con el antiguo proceso”, puntualizó.

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