Leyes del Estado dan preferencia a la mujer 

La Suprema Corte de Justicia tiene un protocolo para juzgar con perspectiva de género

  · sábado 19 de junio de 2021

Saltillo, Coahuila.- La directora del Centro de Gestión de Justicia para Hombres, Yollotzin Bocanegra, considera que las leyes en Coahuila le dan preferencia a la mujer y que se interpone la perspectiva de género, que a su parecer está mal empleada, antes de la perspectiva infantil, impidiendo a sus hijos ver a sus padres, lo que puede provocar problemas emocionales y de conducta.

Yollotzin bocanegra dio a conocer que hay una tendencia que favorece a la mujer y que la Suprema Corte de Justicia tiene un protocolo para juzgar con perspectiva de género, en donde se señala que se tiene que atender a las particularidades del caso y de las poblaciones que tienen cierta desventaja a la población, sin que se haga distinción de sexo, religión, raza, etcétera.

Sin embargo, comentó, que la perspectiva de género se ha entendido que es dar por hecho que hay una discriminación por el hecho de ser mujer, de acuerdo a lo que han manifestado algunos magistrados.

No obstante, declaró que, si se va al objetivo real del protocolo, que es analizar los casos particulares para no favorecer las desventajas, los hombres tienen una clara desventaja en el derecho familiar, ya que los juicios familiares están cargados de emoción y de acuerdo a lo que se ha marcado como sociedad en el concepto de masculinidad a los hombres no les permite sentir.

“un hombre no puede extrañar a su hijo y no puede pedir verlo, porque incluso, cuando hay una demanda por convivencia o por guardia y custodia, se entiende o se interpreta como un acto de molestia hacia la mujer, nunca es tomado como un interés real y genuino por parte del padre para ver a sus hijos”, agregó la Directora del Centro.

Explico que este problema se agrava ya que los Juzgados de lo Familiar se apoya en los órganos auxiliares de justicia, como el Centro de evaluación psicosocial, quienes no aplican pruebas psicométricas ni pruebas científicas ni estandarizadas que puedan respaldar el dicho de los peritos, lo que es de suma importancia para determinar las convivencias de un padre y su hijo, ya que si un dictamen no es respaldado científicamente se limita a ser una opinión personal.

“Por ejemplo en las denuncias por violencia familiar se emite una orden de restricción del agresor con la supuesta víctima, pero no están considerados los menores y ahí se da por hecho de que porque es una mala pareja es un mal padre” agregó.

Por otra parte, dio a conocer que en el caso en donde los padres tienen la guardia y custodia del menor el Estado no exige a las madres la pensión alimenticia y que esta es responsabilidad de ambos padres.

“Tenemos un caso en donde el padre tiene ya un año con la guardia y custodia de dos menores y el Juez no se ha pronunciado en favor de los alimentos de los niños y esto es una evidencia de la mala aplicación de la perspectiva de género, porque como los padres, los hombres, tienen que ser los proveedores, entonces para que pedirle a la mamá siendo que es responsabilidad de ambas partes”

Concluyó con que esto es un problema social en donde quienes se ven afectados los menores, ya que es de suma importancia que tanto el padre como la madre sean parte de su desarrollo y que limitar a un menor la convencía con uno u otro puede desarrollar problemas de inseguridad, estrés, depresión que se refleja en la mala conducta, bajo rendimiento escolar y problemas de integración en la sociedad.