/ miércoles 11 de enero de 2023

Tesis de la ministra Yasmín Esquivel es plagio: UNAM

La Universidad Nacional se declaró incompetente para invalidar el título de la ministra de la SCJN

La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) informó que la tesis de la ministra Yasmín Esquivel es una “copia sustancial” de la presentada en 1986 por Edgar Báez; sin embargo, la máxima casa de estudios afirmó que no puede invalidar el título.

A través de un comunicado, el Comité de Integridad Académica y Científica de la Facultad de Estudios Superiores (FES) Aragón señaló que se elaboró un Dictamen Técnico Académico luego de analizar “los elementos de construcción, desarrollo, estilo, contenido, temporalidad, congruencia y manejo de la información de ambas tesis”.

Te puede interesar: UNAM analiza sanción contra directora de tesis de Yasmín Esquivel

Sin hacer mención de los nombres de los involucrados, la FES Aragón señaló que la conclusión del dictamen es que “la tesis elaborada en 1987 es copia sustancial de la original de 1986, elaborada por el exalumno de la Facultad de Derecho”. El comunicado agrega que se analizó y documentó la posible falta de la asesora de ambas tesis, la maestra Martha Rodríguez Ortiz, la cual está sujeta a una investigación administrativa.

Cortesía: Cuartoscuro

En un comunicado separado firmado por el rector Enrique Graue, la Universidad señaló que su normatividad “carece de los mecanismos para invalidar un título expedido, aún y cuando el plagio de una tesis esté documentado”.

La justificación para no invalidar el título profesional de la ministra Yasmín Esquivel proviene de la opinión jurídica del abogado general de la UNAM, Alfredo Sánchez Castañeda, que en un oficio fechado el 10 de enero, señala que “la UNAM no tiene facultades legales para cancelar, retirar o revocar los títulos que otorga”.

Sánchez Castañeda añadió que la UNAM solo puede hacer aquello que tenga expresamente facultado y debe respetar la competencia de otras autoridades, que para el “caso concreto” es la Secretaría de Educación Pública (SEP), a través de la Dirección General de Profesiones.

El abogado general de la UNAM fundamenta su opinión a partir de la lectura del artículo primero de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o Constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México.

“Son facultades y obligaciones de la Dirección General de Profesiones (...) VII. Cancelar el registro de los títulos de los profesionistas condenados judicialmente a inhabilitación del ejercicio y publicar profusamente dicha cancelación”. Además, señala que la aplicación de las normas de la Universidad aplican para alumnos y alumnas aceptados e inscritos en cualquiera de los niveles de estudio: bachillerato, licenciatura y posgrado, por lo que la normatividad no aplica para sus exalumnos.

“Las facultades y obligaciones del Tribunal Universitario solo pueden aplicarse a quien tiene la calidad de alumno. Una persona que ya aprobó su examen profesional pierde el carácter de alumno y en consecuencia el Tribunal Universitario carece de competencia para atender un asunto en el que se le involucre”, señala la opinión jurídica.

Cortesía: Cuartoscuro

El contenido de la resolución del Comité de la FES Aragón será enviado a la Secretaría de Educación Pública para los fines a que haya lugar.

El pasado 21 de diciembre, el medio Latinus publicó el texto Una ministra pasante: Yasmín Esquivel, candidata a presidir la SCJN, plagió su tesis de licenciatura. Tras la publicación, la ministra defendió en medios y redes sociales la originalidad de su trabajo, incluso con testimonios de su directora de tesis, Martha Rodríguez, y de sus sinodales.

Días después expuso que comenzó su tesis en 1985, un año antes de la publicada por Édgar Báez, por lo que, dijo, su trabajo era el original.

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En medio de la acusación de plagio, la ministra Esquivel compitió por la presidencia de la Suprema Corte, cargo que no obtuvo ya que la elección, celebrada el pasado 2 de enero, la ganó la ministra Norma Piña.



TE RECOMENDAMOS EL PODCAST ⬇️

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La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) informó que la tesis de la ministra Yasmín Esquivel es una “copia sustancial” de la presentada en 1986 por Edgar Báez; sin embargo, la máxima casa de estudios afirmó que no puede invalidar el título.

A través de un comunicado, el Comité de Integridad Académica y Científica de la Facultad de Estudios Superiores (FES) Aragón señaló que se elaboró un Dictamen Técnico Académico luego de analizar “los elementos de construcción, desarrollo, estilo, contenido, temporalidad, congruencia y manejo de la información de ambas tesis”.

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Sin hacer mención de los nombres de los involucrados, la FES Aragón señaló que la conclusión del dictamen es que “la tesis elaborada en 1987 es copia sustancial de la original de 1986, elaborada por el exalumno de la Facultad de Derecho”. El comunicado agrega que se analizó y documentó la posible falta de la asesora de ambas tesis, la maestra Martha Rodríguez Ortiz, la cual está sujeta a una investigación administrativa.

Cortesía: Cuartoscuro

En un comunicado separado firmado por el rector Enrique Graue, la Universidad señaló que su normatividad “carece de los mecanismos para invalidar un título expedido, aún y cuando el plagio de una tesis esté documentado”.

La justificación para no invalidar el título profesional de la ministra Yasmín Esquivel proviene de la opinión jurídica del abogado general de la UNAM, Alfredo Sánchez Castañeda, que en un oficio fechado el 10 de enero, señala que “la UNAM no tiene facultades legales para cancelar, retirar o revocar los títulos que otorga”.

Sánchez Castañeda añadió que la UNAM solo puede hacer aquello que tenga expresamente facultado y debe respetar la competencia de otras autoridades, que para el “caso concreto” es la Secretaría de Educación Pública (SEP), a través de la Dirección General de Profesiones.

El abogado general de la UNAM fundamenta su opinión a partir de la lectura del artículo primero de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o Constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México.

“Son facultades y obligaciones de la Dirección General de Profesiones (...) VII. Cancelar el registro de los títulos de los profesionistas condenados judicialmente a inhabilitación del ejercicio y publicar profusamente dicha cancelación”. Además, señala que la aplicación de las normas de la Universidad aplican para alumnos y alumnas aceptados e inscritos en cualquiera de los niveles de estudio: bachillerato, licenciatura y posgrado, por lo que la normatividad no aplica para sus exalumnos.

“Las facultades y obligaciones del Tribunal Universitario solo pueden aplicarse a quien tiene la calidad de alumno. Una persona que ya aprobó su examen profesional pierde el carácter de alumno y en consecuencia el Tribunal Universitario carece de competencia para atender un asunto en el que se le involucre”, señala la opinión jurídica.

Cortesía: Cuartoscuro

El contenido de la resolución del Comité de la FES Aragón será enviado a la Secretaría de Educación Pública para los fines a que haya lugar.

El pasado 21 de diciembre, el medio Latinus publicó el texto Una ministra pasante: Yasmín Esquivel, candidata a presidir la SCJN, plagió su tesis de licenciatura. Tras la publicación, la ministra defendió en medios y redes sociales la originalidad de su trabajo, incluso con testimonios de su directora de tesis, Martha Rodríguez, y de sus sinodales.

Días después expuso que comenzó su tesis en 1985, un año antes de la publicada por Édgar Báez, por lo que, dijo, su trabajo era el original.

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