/ martes 6 de diciembre de 2022

“Mi hijo no es así”: Madre defiende a su hijo tras acusación de agresión sexual

La mujer aseguró que su hijo era inocente y que nunca cometería algo así

Bien dicen que no hay amor más grande que el de una madre a sus hijos. Una mujer acompañó durante el proceso legal a su hijo, luego de que este fuera acusado de agresión sexual en contra de su hijastra menor de edad. La mujer aseguró que el denunciado era inocente y que nunca cometería algo así.

Una mujer identificada como Patricia ‘H’, acompañó a su hijo, identificado como Carlos, durante el proceso legal que este enfrenta por una acusación de agresión sexual en contra de su hijastra de 12 años de edad.

Según los reportes, Carlos y su ex pareja llamada María, estuvieron juntos durante 8 años, y luego de su separación, la mujer acusó a Carlos de haber agredido sexualmente a su hija de 12 años.

Patricia mencionó que solo busca justicia para su hija, ya que no le parece que lo acusen de esa manera, pues ella más que nadie lo conoce y afirma que es impensable que cometa algo así. Incluso explicó que cuando los policías fueron por él, no escapó a pesar de que tenía la oportunidad, diciéndose seguro de su inocencia.

Agresión sexual contra un menor de edad

El Código Penal Federal define en su artículo 260 como agresor sexual a todo aquel que comete el delito de abuso sexual quien ejecute en una persona, sin su consentimiento, o la obligue a ejecutar para sí o en otra persona, actos sexuales sin el propósito de llegar a la cópula.

A quien cometa este delito, se le impondrá pena de seis a diez años de prisión y hasta doscientos días de multa.

Para efectos de este artículo se entiende por actos sexuales los tocamientos o manoseos corporales obscenos, o los que representen actos explícitamente sexuales u obliguen a la víctima a representarlos.

El artículo 261 explica también que a quien cometa el delito de abuso sexual en una persona menor de quince años de edad o en persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, aun con su consentimiento, o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo en sí o en otra persona, se le impondrá una pena de seis a trece años de prisión y hasta quinientos días multa.

Si se hiciera uso de violencia, la pena se aumentará en una mitad más en su mínimo y máximo.

Bien dicen que no hay amor más grande que el de una madre a sus hijos. Una mujer acompañó durante el proceso legal a su hijo, luego de que este fuera acusado de agresión sexual en contra de su hijastra menor de edad. La mujer aseguró que el denunciado era inocente y que nunca cometería algo así.

Una mujer identificada como Patricia ‘H’, acompañó a su hijo, identificado como Carlos, durante el proceso legal que este enfrenta por una acusación de agresión sexual en contra de su hijastra de 12 años de edad.

Según los reportes, Carlos y su ex pareja llamada María, estuvieron juntos durante 8 años, y luego de su separación, la mujer acusó a Carlos de haber agredido sexualmente a su hija de 12 años.

Patricia mencionó que solo busca justicia para su hija, ya que no le parece que lo acusen de esa manera, pues ella más que nadie lo conoce y afirma que es impensable que cometa algo así. Incluso explicó que cuando los policías fueron por él, no escapó a pesar de que tenía la oportunidad, diciéndose seguro de su inocencia.

Agresión sexual contra un menor de edad

El Código Penal Federal define en su artículo 260 como agresor sexual a todo aquel que comete el delito de abuso sexual quien ejecute en una persona, sin su consentimiento, o la obligue a ejecutar para sí o en otra persona, actos sexuales sin el propósito de llegar a la cópula.

A quien cometa este delito, se le impondrá pena de seis a diez años de prisión y hasta doscientos días de multa.

Para efectos de este artículo se entiende por actos sexuales los tocamientos o manoseos corporales obscenos, o los que representen actos explícitamente sexuales u obliguen a la víctima a representarlos.

El artículo 261 explica también que a quien cometa el delito de abuso sexual en una persona menor de quince años de edad o en persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, aun con su consentimiento, o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo en sí o en otra persona, se le impondrá una pena de seis a trece años de prisión y hasta quinientos días multa.

Si se hiciera uso de violencia, la pena se aumentará en una mitad más en su mínimo y máximo.

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