Torreón, Coahuila. - El 2 de mayo de 2012 el Gobierno Federal implementó y puso en funcionamiento el Programa Nacional Alerta AMBER México, para la búsqueda y localización de niñas, niños, y adolescentes que se encuentren en riesgo inminente de sufrir daño grave a su integridad personal, ya sea por motivo de ausencia, desaparición, extravío, la privación ilegal de la libertad, o cualquier otra circunstancia donde se presuma la comisión de algún ilícito, ocurrido en territorio nacional.
Programa Alerta AMBER, inició y se desarrolló en Dallas, Texas, Estados Unidos, en 1996, por iniciativa del padre de Amber Hagerman ante la desaparición de su menor hija, con apoyo de la ciudadanía y medios de comunicación.
Para la activación, además de ser menor de 18 años de edad y que esté en riesgo, debe existir información suficiente sobre la persona como: datos de las circunstancias del hecho, nombre, edad, sexo, media filiación, señas particulares, padecimientos o discapacidades, vestimenta, lugar, personas y vehículos involucrados, la última vez que fue vista y otra información que se considere relevante.
Además, la activación debe ser inmediata, sin dilación alguna, con previa evaluación de las circunstancias del caso que se trate. También tendrá que ser independiente de los procedimientos e investigaciones que las autoridades involucradas realicen de acuerdo a sus facultades y atribuciones.
La búsqueda se realizará sin anteponer prejuicios y valores personales, o cualquier otro acto de discriminación.
La activación de la Alerta, de manera pública, tendrá una duración máxima de 72 horas; sin que esto sea limitativo para todas las instituciones de investigación y persecución del delito, así como de protección y atención a víctimas de acuerdo a sus competencias.
La responsabilidad de solicitar la activación de la Alerta, recaerá en la Fiscalía General de la República a través de la Coordinación Nacional, y cuando el caso lo amerite, se coordinará con los enlaces estatales; dicha solicitud se remitirá al enlace de la Secretaría de Seguridad Pública y éste procederá a detonar la Alerta a través de Plataforma México, con la información vertida en el Formato Único.
Cuando se encuentre involucrada una sola entidad federativa, el Coordinador Estatal determinará conforme a su Protocolo, si activa o no la Alerta, o bien, si emplea otro tipo de mecanismo para proporcionar debida asistencia al caso. Las entidades federativas deberán informar a la Coordinación Nacional, a través del enlace de la Fiscalía General de la República, los casos en donde se presuma extraterritorialidad, a efecto de que se valore si se activa la Alerta a nivel nacional o internacional.
La tecnología y plataforma para la activación son: Plataforma México de la Secretaría de Seguridad Pública, Registro Nacional de Personas Extraviadas, Página Web de Alerta AMBER México: www.alertaamber.mx, y el Directorio de enlaces y participantes
De igual forma pueden apoyarse en: Medios masivos de comunicación (TV, radio), Medios electrónicos (buscadores de internet), Telefonía móvil (mensajes de texto), Servicios de internet y redes sociales (Facebook, Twitter), y otros que se vayan generando.
Para su desactivación, los criterios son: la localización de la niña, niño o adolescente, cuando derivado de la Alerta, se coloque a la niña, niño o adolescente, en situación de riesgo y la desactivación de la Alerta, procederá siempre en atención al interés superior de la niñez.